CONDICIONES GENERALES
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CAPITULO I - CONDICIONES GENERALES
1.1 LLAMADO A CONCURSO.
1.2 BASES.
1.3 CARACTER DEL CONCURSO. 1.4 DE LOS PARTICIPANTES.
1.4.1 INTERVENCION EN LOS CONCURSOS.
1.4.1.1 HABILITACION.
1.4.1.2 CONSULTORES Y COLABORADORES DE LOS PARTICIPANTES.
1.4.2 INCOMPATIBILIDADES.
1.4.3 CONCURSANTES VINCULANTES.
1.4.4 IRREGULARIDADES Y DENUNCIAS.
1.4.5 PENALIDADES.
1.4.6 ANONIMATO.
1.4.7 INSCRIPCION DE LOS PARTICIPANTES
1.4.8 PRESENTACION DE MAS DE UN TRABAJO POR PARTICIPANTE
1.5 DE LA ASESORIA.
1.5.1 ASESORES.
1.5.2 DEBERESDE LOS ASESORES.
1.5.3 CONSULTAS A LA ASESORIA.
1.5.3.1 CRONOGRAMA.
1.5.3.2 FORMULACION DE CONSULTAS EN LA WEB.
1.5.4 INFORMES DE LA ASESORIA.
1.5.5 VISITA AL PREDIO.
1.6 DE LAS FORMALIDADES.
1.6.1 NORMAS DE PRESENTACION.
1.6.2 RECEPCION DE LOS TRABAJOS.
1.6.3 SEDES PARA LA RECEPCION DE LOS TRABAJOS.
1.6.4 ENVIO DIRECTO.
1.6.5 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA PRESENTACION.
1.6.5.1 PLANOS Y MATERIAL GRAFICO.
1.6.5.2 FUNDAMENTACIÓN Y MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA PROPUESTA.
1.6.5.3 LÁMINAS.
1.6.5.4 CD CON TODA LA INFORMACION PRESENTADA.
1.7 DEL JURADO.
1.7.1 INTEGRACION DEL JURADO.
1.7.2 CONSTITUCION Y REEMPLAZOS.
1.7.3 EXCLUSIONES.
1.7.4 DEBERES Y ATRIBUCIONES.
1.7.5 CONVOCATORIA Y SEDE DEL JURADO.
1.7.6 PLAZO PARA LA ACTUACION DEL JURADO.
1.7.7 PREMIOS DESIERTOS.
1.7.8 FALLO.
1.7.9 APERTURA DE SOBRES.
1.7.10 ACTA FINAL.
1.8 DE LAS RETRIBUCIONES
1.8.1 PREMIOS:
1.8.2 COMPROMISOS DE LA PROMOTORA.
1.9 OBLIGACIONES
1.9.1 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
1.9.2 PROPIEDAD INTELECTUAL.
1.9.3 EXPOSICION.
1.9.4 DEVOLUCION.
1.9.5 PAGO DEL SELLADO
1.9.5.1 PARTICIPANTES MATRICULADOS EN LA ARGENTINA
1.9.5.2 PARTICIPANTES MATRICULADOS EN EL EXTRANJERO
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CAPITULO I - CONDICIONES GENERALES
1.1 LLAMADO A CONCURSO.
La MUNICIPALIDAD DE GRANADERO BAIGORRIA , en adelante llamada LA PROMOTORA MGB , con domicilio en calle Chacabuco 1050 de la ciudad de Granadero Baigorria junto con la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO , en adelante llamada LA PROMOTORA MR , con domicilio en calle Buenos Aires 711 de la ciudad de Rosario y el COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CAPSF) quien delega la organización del Concurso en el COLEGIO DE ARQUITECTOS DISTRITO 2 - ROSARIO , en adelante denominado EL COLEGIO , con domicilio en Av. Belgrano 650, de la ciudad de Rosario, llaman a CONCURSO INTERNACIONAL DE IDEAS PARA EL PARQUE DE LA CABECERA DEL PUENTE ROSARIO / VICTORIA , todo ello con el auspicio de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE ARQUITECTOS (FADEA).
1.2 BASES.
El Concurso surgido del Convenio suscripto entre las partes el 20 de febrero de 2007, se regirá por lo establecido en este documento -Condiciones Generales, Particulares y Anexos-, llamados en adelante las " BASES ", los informes que oportunamente producirá la Asesoría y las consultas efectuadas por los participantes y respondidas por los asesores.
Cualquier aspecto no específicamente contemplado en las Bases será resuelto por la Entidad Organizadora , a la luz de lo que se estipula en el Reglamento de Concursos de Arquitectura y Urbanismo del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe y en el Reglamento de Concursos de Arquitectura y Urbanismo de
la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA), en adelante RC en consulta con las Entidades Promotoras y los asesores del concurso. Su decisión será definitiva e inapelable.
Estos documentos, solos o en conjunto tendrán carácter contractual entre las entidades Promotoras, Organizadora y los que participen en el Concurso, en adelante " LOS PARTICIPANTES ".
1.3 CARACTER DEL CONCURSO.
El presente Concurso Internacional es Abierto a una sola Vuelta y de Ideas (Art. 3º, Art. 8º inc.18, Art. 7º inc. 1 y Art. 9º inc. 6 RC ) y queda abierto desde el 01 de Junio de 2007 hasta el 30 Julio de 2007
Es un concurso de ideas urbanísticas y arquitectónicas que se considerarán no vinculantes y quedarán a disposición de los municipios de Granadero Baigorria y Rosario que tendrán libertad de utilizarlas, modificarlas o dejarlas de lado.
Ambos municipios evaluarán de acuerdo a disponibilidad presupuestaria la posibilidad de contratación del equipo ganador para desarrollar Anteproyectos y Proyectos de fragmentos de las mismas, en cuyo caso los honorarios serán pactados libremente. Las ideas servirán también para reformular normativas urbanísticas vigentes y/o elaborar programas para nuevas convocatorias a concurso de Anteproyectos.
1.4 DE LOS PARTICIPANTES.
1.4.1 INTERVENCION EN LOS CONCURSOS.
En los organizados por el CAPSF, implica el conocimiento y la aceptación plena y sin reservas de todo lo dispuesto en el Reglamento de Concursos y las Bases que lo ordenan, como también de las normas que regulan la construcción y las actividades a proponerse. Igual criterio se aplica a las consultas que reciban los asesores del Concurso y las respuestas que estos cursen, siendo requisito para los arquitectos que participen, estar matriculados en los Colegios de ley o, en el caso ser asociado a una entidad con personería jurídica, adheridos a la Federación , debiendo presentar los certificados de constancia (Art. 20º inc. 18. RC).
1.4.1.1 HABILITACION.
Pueden tomar parte en este concurso quienes estén legalmente habilitados para ejercer la profesión de arquitecto en la Argentina o en el país en que tengan su domicilio profesional permanente. Dicha habilitación debe ser demostrada mediante la documentación que corresponda según los casos, la que será presentada en sobre cerrado que la Entidad Organizadora solo abrirá luego de recibir el dictamen del jurado. En el caso de que algún participante premiado no cumpliera (a solo juicio de la Entidad Organizadora ) con ese requisito, su trabajo quedará descalificado, aun cuando otros miembros de su equipo lo cumpliesen. Esta condición solo se aplica a los que firmen un trabajo en carácter de participantes (únicos a quienes la Entidad Promotora reconocerá el carácter jurídico de Participante y cuya habilitación verificará), en los términos que se indican en el próximo párrafo. Para participantes argentinos, el requisito quedará cumplido con la constancia de estar matriculado y al día en el Colegio o Consejo Profesional que corresponda a su domicilio profesional habitual.
1.4.1.2 CONSULTORES Y COLABORADORES DE LOS PARTICIPANTES.
Cada proyecto podrá ser presentado por uno o varios participantes. En el segundo caso, todos serán considerados por las entidades Promotora y Organizadora autores ex aequo y solidariamente responsables. Es admisible, sin embargo, que tomen parte del concurso, integrando equipos multidisciplinarios o en carácter de consultores, quienes no cumplan con el requisito anterior, o quienes, cumpliéndolo, no compartan la responsabilidad central del proyecto presentado. En tal caso, los participantes habilitados podrán dejar constancia de los nombres y funciones de sus colaboradores o consultores, y las entidades Organizadora y Promotora los incluirán como tales en cualquier publicación, pero no reconocerán con ellos vínculo jurídico alguno.
1.4.2 INCOMPATIBILIDADES (del Art. 15 del RC).
Quedan excluidos de intervenir en el Concurso, como participantes, colaboradores o consultores, quienes desempeñen funciones ejecutivas en los Organismos Gubernamentales, sus Ministerios, Secretarías, Organismos, Direcciones, Departamentos, etc. y sus funcionarios, empleados permanentes o contratados o quienes cumplan funciones en Instituciones Privadas o del Promotor, que hayan intervenido en la gestión del Concurso.
También quedan excluidos quienes tuvieran vinculación profesional, laboral o personal significativa con alguno de los asesores del Concurso, o hubieran intervenido en forma directa en la confección de estas Bases. Cualquier duda en la interpretación de lo anterior será resuelta por la Entidad Organizadora en consulta con los asesores; su juicio será definitivo e inapelable.
No podrán participar los integrantes del Directorio Superior Provincial y de la Mesa Ejecutiva del Colegio de Distrito organizador que hayan tenido participación en la gestión y aprobación de la parte de las Bases que contiene el Programa de necesidades objeto del Concurso.
No podrán inscribirse ni colaborar con los concursantes los miembros del jurado, así como sus socios y colaboradores habituales y sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad.
Tampoco podrá hacerlo quien no se encuentre al día con las cuotas de habilitación y/o colegiación, aportes colegiales y/o cuotas de convenios celebrados por el Colegio.
No podrá intervenir quien estuviese cumpliendo sanciones previstas en los Artículos 18, 29, 39, 40, 41 y 42, u otras del RC.
1.4.3 CONCURSANTES VINCULANTES (del Art. 16 del RC).
El Participante, asesor o colaborador que fuera socio, colaborador, empleado o empleador de algún miembro del Colegio de Jurados del Colegio, de la Asesoría o de las Mesas Ejecutivas del Directorio Superior Provincial y del Directorio de Distrito organizadora o patrocinadora del Concurso, deberá comunicar su participación en el concurso. Esto determinará la eliminación del Jurado que se encuentre en situación de incompatibilidad, a fin que fuera separado en caso que haya sido designado según el Art. 4-Inc. 2 y 7, y también que no resulte sorteado o electo por los participantes, de acuerdo al Inc. 11 del Artículo antes citado.
1.4.4 IRREGULARIDADES Y DENUNCIAS (del Art. 17 del RC).
Cuando algún participante denuncie presuntas irregularidades en la sustanciación del Concurso por la Asesoría o el Jurado, deberán cumplirse los siguientes pasos:
El recurrente someterá el caso al Colegio de Distrito organizador dentro de los quince (15) días de conocido el fallo. Este lo girará de inmediato al Directorio Superior Provincial quien, si fuera procedente, lo girará a los Cuerpos de Asesores y Jurados, quienes se constituirán en Comisión.
Siendo el fallo del Jurado inapelable, aún cuando se demostrara defecto o error del procedimiento, éste quedará firme pero el Directorio Superior Provincial suspenderá provisoriamente en el cargo a los responsables de las acciones erróneas, girando las actuaciones al Tribunal de Ética y Disciplina para que determine la sanción a aplicar. Esta decisión será recurrible con efecto devolutivo ante la Cámara en lo Civil y Comercial.
1.4.5 PENALIDADES (del Art. 18 del RC).
Ningún participante podrá reclamar ante las Promotoras, ni recurrir a propaganda alguna, que trate de desvirtuar el fallo, desprestigiar a los miembros del Jurado o a la Asesoría o a los demás concursantes. Quienes trasgredieren lo establecido serán pasibles de las sanciones que correspondan aplicar por el Colegio, previa intervención del Tribunal de Ética y Disciplina.
1.4.6 ANONIMATO.
Los participantes no podrán revelar la identidad de su trabajo ni mantener comunicaciones referentes al concurso, ya sea con los miembros del Jurado o con la Asesoría o con las Promotoras, salvo en la forma que se establece en los puntos 1.5.2.y.1.5.3 de estas bases.
1.4.7 INSCRIPCION DE LOS PARTICIPANTES
Para poder intervenir en el concurso, los participantes deberán abonar un sellado que acredita la inscripción y aceptación de las Bases a la Entidad Organizadora. La forma de hacer el pago se indica en el ANEXO 1.
Los participantes accederán a las Bases a través de un sitio Web especialmente creado: www.parquedelacabecera.org.ar .
Si bien el acceso a la totalidad de la información y documentación en ella contenida, es libre, para participar del concurso se deberá hacer efectivo el sellado correspondiente.
El valor del sellado obligatorio correspondiente a inscripción será abonado como máximo al momento de la entrega del trabajo, la que será exhibida como prueba de inscripción y aceptación de las bases del concurso, para que pueda ser recibido el mismo.
Se establece para LOS PARTICIPANTES de la República Argentina un sellado de $ 100 .- ( Pesos Cien). Para LOS PARTICIPANTES del exterior será de U$D 100.- (Cien Dólares Estadounidenses / o equivalencia en EUROS).
1.4.8 PRESENTACION DE MAS DE UN TRABAJO POR PARTICIPANTE
Cada participante podrá presentar más de un trabajo completo separadamente, no admitiéndose variantes de una misma propuesta. Los elementos constitutivos serán presentados sin lema ni señal que pueda servir para la identificación de su autor o autores.
Se entiende que a cada presentación le corresponderá el sellado correspondiente que lo habilite a participar del concurso.
1.5 DE LA ASESORIA.
1.5.1 ASESORES.
Actuarán en carácter de Asesores en este Concurso el Arq. Andrés Villalba , designado por el Colegio de Arquitectos Distrito 2 Rosario, el Arq. Aníbal Moliné designado por la Municipalidad de Rosario y la Arqta. Gabriela Borghi designada por la Municipalidad de Granadero Baigorria.
1.5.2 DEBERESDE LOS ASESORES. (del Art. 23 del RC).
Son deberes de los Asesores:
Redactar el programa de necesidades básicas y las Bases del Concurso, de acuerdo a las demandas de las Promotoras, a lo establecido en el RC del CAPSF y en cuanto no se oponga, el de la FADEA y las leyes, decretos, ordenanzas y normas vigentes.
Hacer aprobar el Programa y las Bases por el Colegio y las Promotoras.
Organizar el llamado a Concurso y remitir al Colegio de Distrito 2 un (1) juego completo de Bases y Anexos el que podrá ser consultado por los matriculados. Dado el carácter del concurso, se ha creado el sitio Web www.parquedelacabecera.org.ar , donde se accederá a la totalidad de los documentos que conforman las Bases. Se constituirá en la plataforma donde los participantes formularán las preguntas y la accesoria brindará las respuestas correspondientes.
Evacuar las consultas, aclaraciones y preguntas que formulen en forma anónima los participantes, según los procedimientos que estipulen las Bases.
Elaborar la nómina que será utilizada para la elección del Jurado por los Participantes y el sorteo por el Colegio. Esta nómina será remitida al Colegio con fecha anterior a la del cierre del Concurso.
Recepcionar los trabajos por interpósita persona en todos los lugares y formas previstas en las Bases; una vez recibidos, la Asesoría preparará la clave secreta, para identificación de los mismos, efectuará el escrutinio del Jurado que representará a los participantes y realizará el sorteo de los demás Jurados en acto público.
Examinar los trabajos recepcionados, descartando obligatoriamente aquellos que no respeten estrictamente todos los requerimientos de las Bases, enunciando los motivos. Los trabajos entregados fuera del término o que tuvieran indicación fehaciente de la identidad de los Participantes serán rechazados. Redactar un informe al Jurado dando cuenta de los trabajos recepcionados, de los rechazados y los no admitidos para su juzgamiento por incumplimiento de las Bases.
Convocar al Jurado, entregarle el informe citado en el artículo anterior y los trabajos admitidos para su juzgamiento; participar de las reuniones y actuaciones del mismo, con facultades para emitir su opinión, sin voto, sobre la interpretación hecha de las Bases por parte de los Participantes, así como la respuesta, o no, dadas a los requerimientos funcionales estimadas imprescindibles en las mismas, velando por que se cumplan todas las disposiciones y reglamentaciones del Concurso.
Suscribir juntamente con el Jurado el acta del fallo, la que deberá contener la crítica a todos los trabajos. A los no premiados o distinguidos, sintetizar en una respuesta escueta lo criterios y pautas básicas de valoración en relación con lo establecido en las Bases. Los Asesores deberá n señalar, si es el caso, las discrepancias que pudiera tener.
Comunicar el resultado del Concurso al Promotor, al Colegio, al Colegio de Distrito organizador, a la Federación , a la UIA (Unión Internacional de Arquitectos), a los ganadores y a los medios de comunicación.
Convocar y difundir el acto de evaluación y debate abierto sobre el resultado del Concurso, del Art. 5º Inc. 9 del RC .
Los Asesores son los máximos responsables del cumplimiento obligatorio de todos los requerimientos de las Bases por los Participantes y el Jurado.
1.5.3 CONSULTAS A LA ASESORIA.
1.5.3.1 CRONOGRAMA.
Las respuestas a las consultas que se realicen y reciban en el sitio Web del concurso hasta el 15 de junio de 2007 serán respondidas el 22 de junio de 2007 y las recibidas hasta el 29 de junio de 2007 serán respondidas el 06 de julio de 2007.
FORMULACION DE CONSULTAS EN LA WEB.
Los asesores responderán a consultas escritas remitidas solo por vía electrónica desde la página reservada para el Concurso en el sitio www.parquedelacabecera.org.ar
Se referirán a puntos concretos de las Bases.
Deberán estar expresadas en forma breve y clara
Carecerán de firma u otra inscripción que permita identificar al remitente
Estarán escritas en castellano, portugués o inglés.
Las respuestas a las consultas se darán en castellano, portugués e inglés . Los participantes podrán leerlas en la misma página del mencionado sitio . Los asesores entregarán al Jurado, cuando este se reúna, el conjunto completo de preguntas y sus respuestas.
1.5.4 INFORMES DE LA ASESORIA.
Los informes que emita la Asesoría estarán refrendados por ella y pasarán a formar parte de las Bases siendo entregados al Jurado en el momento de su constitución.
1.5.5 VISITA AL PREDIO.
Se realizará una (1) visita programada para el día 15 de junio de 2007 a las 9:00 hs.
1.6 DE LAS FORMALIDADES.
1.6.1 NORMAS DE PRESENTACION (del Art. 44º del RC).
Todos los trabajos que se presenten en concursos organizados, patrocinados o auspiciados por el Colegio, se ajustarán a las siguientes normas:
Tanto los trabajos como las envolturas que lo contengan y los sobres adjuntos, internos y externos, no podrán tener ninguna indicación que los identifique.
Los Participantes no podrán revelar la identidad de los trabajos, ni mantener comunicaciones referentes al Concurso con miembros de la Asesoría , el Jurado o las Promotoras, salvo las formas previstas en las Bases y en este Reglamento.
Con cada trabajo los Participantes entregarán un sobre liso cerrado y opaco, en cuyo exterior abrocharán la constancia del pago del sellado que lo habilita a participar y escribirán el nombre del arquitecto por el que vota para representarlo en el Jurado, extraído de la nómina que a tal efecto haya confeccionado la Asesoría. En su interior llevará otro sobre liso, cerrado y opaco, sin inscripción alguna, conteniendo en su interior: una declaración jurada expresando que no registra sanciones de las establecidas en el RC pendientes de cumplimiento; manifestando asimismo que el trabajo presentado es su obra personal, concebida por él y representada gráficamente o dibujada bajo su inmediata dirección; también figurará el nombre, domicilio, número de matrícula, fecha, título, Colegio, Federación, País al que pertenece. (ANEXO 3). También incluirá la certificación de matriculado, según lo prescrito en el Art. 20º inc. 18 de este Reglamento.
Al recibir los trabajos la Asesoría , quien lo realizará por interpósita persona, confeccionará un recibo por duplicado, quedando uno en poder del participante o apoderado y uno para la Asesoría numerados. Preparará una clave secreta para identificar los trabajos por medio de otro número o letra, desconocido para el participante o su apoderado según sea el caso, con el que señalará el trabajo y el/los sobre/s adjunto/s. Esta clave será conservada en sobre cerrado por la Asesoría hasta el momento de la adjudicación de los premios y menciones, si las hubiese.
La recepción de los trabajos se efectuará en la sede del Colegio de Arquitectos Distrito 2 Rosario, Av. Belgrano 650 - Rosario establecido en estas Bases como domicilio del Distrito 2 del CAPSF, en las Entidades miembro de la FADEA y en los Colegios o Asociaciones de Arquitectos en la que estén matriculados los arquitectos extranjeros que participen. Los trabajos serán entregados el día 30 de julio de 2007 . El número del recibo se escribirá con lápiz sobre los elementos presentados. Vencido el plazo de presentación se labrará un acta de recepción por duplicado, indicando la cantidad de trabajos, los elementos que componen cada uno y los votos emitidos por los participantes para elegir el Jurado que los habrá de representar. Para los trabajos que LOS PARTICIPANTES envíen directamente a la sede del Colegio de Arquitectos Distrito 2 Rosario (nacionales o extranjeros) se fija como fecha tope para la recepción el día 06 de agosto de 2007 , debiendo acreditarse fehacientemente como fecha tope del envío el día 30 de julio de 2007 .
1.6.2 RECEPCION DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos serán recibidos por la Asesoría , a través de interpósita persona, el día 30 de julio de 2007 siendo el horario de entrega por parte de los participantes de 18 a 22 hs. Inmediatamente a la recepción de los trabajos, éstos serán remitidos a la Asesoría convenientemente embalados, con los duplicados de los recibos y el original del acta de recepción.
1.6.3 SEDES PARA LA RECEPCION DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos se enviarán a la sede de la Entidad Organizadora (COLEGIO DE ARQUITECTOS DISTRITO 2 ROSARIO, AV. BELGRANO 650, ROSARIO, CP 2000, SANTA FE, REPÚBLICA ARGENTINA) o a alguna de las entidades asociadas a FADEA que también recibirán presentaciones, en los términos indicados. Dichas entidades son a nivel nacional:
SOCIEDAD CENTRAL DE ARQUITECTOS - BUENOS AIRES
SOCIEDAD DE ARQUITECTOS DE CHACO - AV. 25 DE MAYO 555, 3500, RESISTENCIA, 03722-421201
SOCIEDAD ARQUITECTOS DE CORRIENTES - LA RIOJA 1240, 3400, CORRIENTES, 03783-426991
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE MISIONES - AV. FCO. DE HARO 2745, 3300, POSADAS,
03752-435310/435300
SOCIEDAD ARQUITECTOS DEL NORESTE DEL CHUBUT - PJE. LAMADRID 1312, 9100, TRELEW,
02965-436505
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE FORMOSA - AV. MORENO 417, 3600, FORMOSA, 03717-434425
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SAN JUAN - AV. GRAL. ACHA 979 SUR, 5400, SAN JUAN,
0264-4203547/ 4228821
CONSEJO DE AGRIMENSIORES, INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE SANTA CRUZ - 25 DE MAYO 286, 9400, RIO GALLEGOS, 02966-422870
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE TUCUMÁN - RIVADAVIA 179 P.B. OF. 2, 4000, TUCUMÁN, 0381-4227076/ 4224963
UNIÓN DE ARQUITECTOS DE CATAMARCA - CAMILO MELET 223, 4700, CATAMARCA, 03833-430978
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SAN LUIS - MITRE 434, 5700, SAN LUIS, 02652-423943
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SALTA - PUEYRREDON 341, 4400, SALTA, 0387-4316214/ 4317029
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE JUJUY - NECOCHEA 565, 4600, SAN SALVADOR DE JUJUY, 0388-4229496/ 4228339
ASOCIACIÓN .DE ARQUITECTOS DE LA PAMPA - URQUIZA 564 3º PISO, 6300, SANTA ROSA, 02954-429781/ 458644
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA RIOJA - LAMADRID 46, 5300, LA RIOJA , 03822-422760
COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL NEUQUÉN - ENTRE RIOS 553 P.B. OF. 2, 8300, NEUQUEN, 299 448 8710
COLEGIO ARQUITECTOS SANTIAGO DEL ESTERO - BAQUEANO FERREYRA Y N. HEREDIA, 4200, PARQUE AGUIRRE, 0385-4219120/ 4213744
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE MENDOZA - MITRE 617 1º, 5500, MENDOZA, 0261-4230568
COLEGIO ARQUITECTOS DE ENTRE RÍOS - LIBERTAD 149, 3100, PARANÁ, 0343-4233756
COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL RÍO NEGRO - MORENO 69 5º, 8400, BARILOCHE, 02944-424172
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE RÍO NEGRO - TUCUMAN 1114 1* OF. 4, 8332, GENERAL ROCA,
02941-430908
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES - BOULEVAR 53 N* 320, 1900, LA PLATA , 0221-4822631
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CÓRDOBA - LAPRIDA 40 P. B., 5000, CÓRDOBA, 0351-4213460/ 4241413
ASOCIACIÓN DE ARQUITECTOS DEL CHUBUT
Los participantes extranjeros realizaran envío directo a la sede de la Entidad Organizadora.
1.6.4 ENVIO DIRECTO.
Los participantes que así lo deseen podrán enviar sus trabajos por correo o por cualquier otro medio adecuado, a nombre de Asesores del Concurso CII PCPRV . El esqueleto o paquete en que se remita el trabajo, así como el documento que ampare el envío con fecha tope 30 de julio de 2007 , no deberá tener indicación del remitente . El envío se realizará de modo de ser recibido como máximo el 06 de agosto de 2007 en la sede del Colegio de Arquitectos, Distrito 2 Rosario . Para estos casos, la Asesoría o sus delegados extenderán un recibo en que se haga referencia al número de documento de porte. La Asesoría no se hace responsable de extravíos o de la recepción fuera de término de los trabajos enviados de esta forma.
1.6.5 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA PRESENTACION.
Las propuestas contarán con los siguientes elementos mínimos y obligatorios:
1.6.5.1 PLANOS Y MATERIAL GRAFICO.
Lo especificado en este apartado será el contenido de las LÁMINAS (apartado 1.6.5.3 )
1. Planta general Escala 1: 2.000 (Norte hacia arriba de la lámina)
2. Perspectivas, croquis, esquemas, fotomontajes o fotos de maqueta
FUNDAMENTACIÓN Y MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA PROPUESTA.
Se presentará a máquina, a doble espacio de no más de dos páginas, abrochada en hoja A4, fuente Aria Tamaño 11.
Será breve y concisa, podrá contener esquemas que expresen las ideas y criterios que la sustentan. Se recomienda evitar la mera descripción de la información gráfica registrada en los planos.
LÁMINAS.
Se presentarán adheridas a paneles rígidos y livianos de formato ISO A0 ( 118,8 cm . x 84 cm .) conforme a las siguientes instrucciones:
1. Contendrán la documentación solicitada.
2. Serán apaisadas y de diagramación libre.
3. Cantidad, mínimo dos (2) paneles, máximo tres (3) paneles.
4. Las leyendas serán de texto claro y sintético.
5. El norte coincidirá con el borde superior de las láminas.
6. La numeración de las láminas será correlativa
7. En el ángulo inferior derecho irá el rótulo (ANEXO 4)
8. Las plantas, secciones, perspectivas, croquis y diagramas se ejecutarán en técnica libre, admitiéndose el uso del color.
CD CON TODA LA INFORMACION PRESENTADA.
Se adjuntará un CD que reproduzca la presentación en formato PDF, JPG, AI.
Cada lámina en formato JPG, con 300 DPI
Cada imagen integrante de dichas láminas en formato JPG, con 300 DPS.
1.7 DEL JURADO.
1.7.1 INTEGRACION DEL JURADO (del Art. 25º Inc. 1 del RC).
El Jurado que emitirá el fallo del Concurso estará integrado por cinco (5) miembros de acuerdo a la Cláusula SEXTA del Convenio firmado por las Promotoras y el Colegio, a saber:
a- Un (1) JURADO, de profesión Arquitecto, elegido por sorteo de la nómina del Cuerpo de Jurados del Colegio de Arquitectos Distrito 2 - Rosario.
b- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, elegido por sorteo de la nómina del Cuerpo de Jurados de FADEA;
c- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, elegido por el voto de los participantes de la nómina del Cuerpo de Jurados de FADEA;
d- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, designado por LA PROMOTORA MGB ;
e- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, designado por LA PROMOTORA MR.
1.7.2 CONSTITUCION Y REEMPLAZOS (del Art. 25º inc. 2 del RC).
El Jurado constituido en pleno elegirá un Presidente. Otorgará los premios mediante el voto personal y directo de sus miembros por simple mayoría; en caso de empate se otorgará doble voto al presidente. Todos los Jurados nominativos serán inamovibles desde la constitución hasta la emisión del fallo, salvo fallecimiento o inhabilitación por razones de salud; también, si algún miembro de la lista de Jurados del Colegio remitida a los Asesores resultase sorteado por haber sido incluido erróneamente por aquellos, dado que tuvieran incompatibilidad o participasen como concursante. En todos los casos anteriores que se dieran, la Asesoría los reemplazará con los suplentes designados según el Art. 4º inc. 11 y si éstos no aceptasen, en este único caso, podrán ser sustituidos por sorteo, del que se labrará acta; salvo el que corresponde a los participantes que será el elegido en segundo término en la votación y así sucesivamente.
1.7.3 EXCLUSIONES (del Art. 25º inc. 3 del RC).
Los miembros del Cuerpo de Jurados que se encuentren comprendidos en lo previsto en el Art. 16º, comunicarán el hecho con la debida anticipación a efecto de ser excluidos de la nómina que confeccionarán los Asesores a los efectos del sorteo y de la elección de los participantes, según corresponda para el concurso en sustanciación.
1.7.4 DEBERES Y ATRIBUCIONES (del Art. 26º del RC).
Los miembros del Cuerpo de Jurados tendrán los siguientes deberes y atribuciones:
Aceptar lo estipulado en el Reglamento del CAPSF RC , el de FADEA, las Bases y Programas del Concurso, toda la documentación que lo integra así como también acatar las disposiciones obligatorias a que hacen referencia el Art. 3º inc. 5 y Art. 20º inc. 12.
Estar en conformidad con las participaciones previas., dispuestas en el Art. 3-Inc.2, e Inc. 7.
Recepcionar de la Asesoría los trabajos recibidos por ésta y su informe.
Visitar el sitio donde se realizara la intervención objeto del Concurso.
Estudiar en reunión plenaria, las Bases, el Programa, el Informe de la Asesoría , las consultas y aclaraciones de los participantes y las respuestas dadas; analizar, respetar y enriquecer los criterios generales y pautas de evaluación contenidas en las Bases, dictando las normas a que se ajustará su tarea de juzgamiento, de manera que se asegure una equitativa valoración de todos los trabajos.
Declarar fuera de concurso los trabajos que no hubieran sido excluidos por la Asesoría , en los que no se hayan respetado todas las condiciones de las Bases y Programa, los no admitidos por las mismas causas y los rechazados por el Asesor según el Art. 23º inc. 7.
Formular juicio crítico de todos los trabajos premiados y los distinguidos con menciones, como mínimo, y de aquellos que a su juicio lo merecieran. Deberán también explicitar, para todos los trabajos restantes en función de las pautas básicas de valoración de las Bases, las razones de no haber alcanzado los niveles para aspirar a premiación y/o mención.
Fijar el orden de méritos. Los sobres correspondientes a los trabajos premiados serán abiertos por la Asesoría una vez adjudicados los premios y en presencia del Jurado, de representantes de las Promotoras y de autoridades del Colegio organizador. Si el contenido de algún sobre no se encuadra en lo establecido en las Bases presentes y en el Reglamento de Concursos, el trabajo será declarado fuera de concurso, por lo que el Jurado procederá a realizar una nueva selección, conservando el orden establecido en el fallo.
Labrar un acta donde se deje constancia del resultado del Concurso, explicitando el cumplimiento de los Incisos 4, 5 y 7; además, si fuera el caso, la aplicación del Inc. 6 del Art. 26º.
Asistir a la audiencia pública que habrá de celebrarse luego de discernidos los premios, sobre los resultados del Concurso.
1.7.5 CONVOCATORIA Y SEDE DEL JURADO.
Dentro de los seis (6) días hábiles a partir de la recepción de todos los trabajos por la Asesoría , el Jurado será convocado por la misma y sesionará en la ciudad de Rosario, en la sede del Colegio de Arquitectos o en la que oportunamente se designe.
En la primera reunión del Jurado, éste recibirá de la Asesoría un informe sobre el cumplimiento de las normas del punto 1.6 por los Participantes, fundamentando las observaciones e ilustrando al Jurado sobre las características del Concurso.
La Asesoría estará a disposición del Jurado durante el desarrollo de su trabajo, para efectuar las aclaraciones que correspondieran.
1.7.6 PLAZO PARA LA ACTUACION DEL JURADO.
El Jurado deberá emitir su fallo dentro de los cinco (5) días contados a partir de la fecha de su constitución. Teniendo como fecha máxima el 13 de agosto de 2007.
1.7.7 PREMIOS DESIERTOS (del Art. 27º del RC).
Para declarar desierto cualquiera de los premios de un Concurso, el Jurado deberá fundamentar ampliamente los motivos que determinaron tal medida, haciendo referencias explícitas al contenido de las Bases y a los criterios generales y pautas de valoración establecidas.
1.7.8 FALLO (del Art. 28º del RC).
El Jurado deberá pronunciar el fallo, que será inapelable, dentro del plazo fijado en las Bases; la votación será nominal, constará en actas y se publicitará en los boletines del Colegio, las publicaciones de los Colegios de Distrito, FADEA, UIA y se distribuirá la información a los medios de comunicación.
1.7.9 APERTURA DE SOBRES (del Art. 45º del RC).
Los sobres correspondientes a los trabajos premiados serán abiertos por la Asesoría una vez adjudicados los premios y en presencia del Jurado, de representantes de los Promotores y de Autoridades del Organizador. Si el contenido de algún sobre no se encuadra en lo establecido en las Bases y en este Reglamento, el trabajo será declarado fuera del Concurso, por lo que el Jurado procederá a realizar una nueva selección, conservando el orden establecido en el fallo.
1.7.10 ACTA FINAL (del Art. 23º inc. 9 y Art. 26º inc.8 del RC):
Se labrará en el acto de apertura de los sobres, un acta donde constará el nombre de los autores de los trabajos premiados.
1.8 DE LAS RETRIBUCIONES
1.8.1 PREMIOS:
PRIMER PREMIO $30.000 (Pesos treinta mil)
SEGUNDO PREMIO $ 8.000 (Pesos ocho mil quinientos)
TERCER PREMIO $ 4.000 (Pesos cuatro mil quinientos)
MENCIONES HONORÍFICAS: El jurado podrá otorgar las que estime oportunas.
Los premios serán abonados por la Entidad Organizadora dentro de los treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del fallo del Jurado. Serán de aplicación las retenciones o impuestos que fije la legislación argentina. Los montos serán depositados en la cuenta bancaria que indique el respectivo ganador, a cuyo cargo estarán los eventuales costos bancarios. En el caso de ganadores con domicilio en el extranjero, se pagará el equivalente en dólares de los EEUU (u$s) o en euros (€), al tipo de cambio del día de pago, y según las disposiciones cambiarias que rijan en la Argentina y en el país al cual se desee transferir el dinero.
1.8.2 COMPROMISOS DE LA PROMOTORA.
Dado que el concurso no es vinculante, las Ideas quedarán a disposición de las Promotoras que tendrán libertad de utilizarlas, modificarlas o dejarlas de lado. Igualmente ambos municipios evaluarán de acuerdo a disponibilidad presupuestaria la posibilidad de contratación del equipo ganador para desarrollar Anteproyectos y Proyectos de fragmentos de las mismas, en cuyo caso los honorarios serán pactados libremente. Las ideas servirán también para reformular normativas urbanísticas vigentes y/o elaborar programas para nuevas convocatorias a concurso de Anteproyectos.
1.9 OBLIGACIONES
1.9.1 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
A continuación se transcribe el Convenio entre las Promotoras y el Colegio
CONVENIO
En la ciudad de ROSARIO, a los 20 días del mes de Febrero de 2007, se conviene en celebrar el presente contrato entre la MUNICIPALIDAD DE GRANADERO BAIGORRIA , representada por el Sr. Intendente DANIEL ALBERTO LIOY y por el Sr. Secretario de Gobierno JORGE OSCAR ACOSTA, en adelante llamada LA PROMOTORA MGB , la MUNICIPALIDAD DE ROSARIO , representada en este acto por el Sr. Intendente Ing. ROBERTO MIGUEL LIFSCHITZ, la Sra. Secretaria de Planeamiento Arqta. MIRTA LEVIN, y el Secretario de Hacienda y Economía CPN GUSTAVO ASEGURADO en adelante llamada LA PROMOTORA MR , y el COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (CAPSF) representado en este Acto por el Sr. Presidente CAPSF Arq. EDGARDO RUBÉN BAGNASCO que delega la organización del Concurso en el COLEGIO DE ARQUITECTOS DISTRITO 2 - ROSARIO , (CAD2) representada por el Presidente del CAD2, Arq. JOSÉ SARUA, y la Secretaria del CAD2 Arqta. MARTA ELENA RUARTE, en adelante denominado EL COLEGIO, por la otra parte, establecen el presente acuerdo normativo y reglamentario para la organización del CONCURSO INTERNACIONAL DE IDEAS PARA EL PARQUE DE LA CABECERA DEL PUENTE ROSARIO / VICTORIA , según se establece en las cláusulas siguientes.
PRIMERA : LA PROMOTORA MGB y LA PROMOTORA MR acuerdan con EL COLEGIO la organización conjunta del CONCURSO INTERNACIONAL DE IDEAS PARA EL PARQUE DE LA CABECERA DEL PUENTE ROSARIO / VICTORIA, de conformidad con los requisitos, pautas y criterios establecidos en Ley Provincial Nº 10653, en sus arts. 40., inc. r) y 68 inc.20) y disposiciones del Art. 4 del Reglamento de Concursos, elaborando las BASES que suscribirán las partes y que integrarán el Convenio de forma que oportunamente formalizarán las partes.-------------
SEGUNDA: EL COLEGIO, LA PROMOTORA MGB y LA PROMOTORA MR convienen en establecer como disposiciones obligatorias de cumplimiento efectivo, el Reglamento de Concursos de Arquitectura y Urbanismo (Res. DSP - CAPSF Nº 087/95) y sus respectivos anexos, como así también a las normas contenidas en la Ley Provincial Nº 10653 que sean de aplicación al presente convenio marco, las que ambas partes declaran conocer. Las partes declaran conocer y aceptan en su totalidad las disposiciones del Reglamento de Concursos y las BASES suscritas entre las partes, en las que se define la finalidad del presente Concurso.------------------------------------------------
TERCERA: EL COLEGIO asumirá la responsabilidad de organizar el CONCURSO INTERNACIONAL DE IDEAS PARA EL PARQUE DE LA CABECERA DEL PUENTE ROSARIO / VICTORIA, con el objeto de seleccionar las que quienes den respuesta a las necesidades previamente establecidas.-------------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: Convienen las partes la designación de (1) un Asesor del Concurso por EL COLEGIO, y a tal efecto nomina, de conformidad con las facultades establecidas en el art.4 - apartado 2 - del Reglamento Concursal, por el Distrito 2 - Rosario, al Arquitecto JUAN ANDRÉS VILLALBA, por su parte designan como integrantes de la Asesoría , LA PROMOTORA MGB a la Arquitecta GABRIELA BORGHI y LA PROMOTORA MR al Arquitecto ANÍBAL MOLINÉ. El Asesor nominado y designado por el COLEGIO asume el compromiso de cumplimentar todas las disposiciones y normativa establecida del Reglamento de Concursos y a tal efecto, suscribe el presente Convenio de conformidad, conjuntamente con las partes integrantes precedentemente enunciadas, en prueba de aceptación de la nominación, declarando expresamente su voluntad de cumplir y hacer cumplir el mencionado Reglamento de Concursos.-----------------------------------------------------------------
QUINTA: LA PROMOTORA MGB y LA PROMOTORA MR facilitarán a los Asesores toda aquella documentación que éste requiera y el acceso a las fuentes de información de la misma, que se corresponda con el objetivo y la finalidad concursal. El requerimiento no revestirá formalidad alguna y deberá entregarse la documentación a partir de su requerimiento. El Colegio tendrá a su cargo la ejecución de toda la documentación necesaria establecida en los anexos de las BASES, tipiado de las mismas, impresión y armado en los formatos que permitan su publicación en página Web institucional. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: LA PROMOTORA MR , LA PROMOTORA MGB y EL COLEGIO convienen en conformar un JURADO, encargado de evaluar el Concurso, con cinco (5) miembros a saber:
a- Un (1) JURADO, de profesión Arquitecto, elegido por sorteo de la nómina del Cuerpo de Jurados del Colegio de Arquitectos Distrito 2 - Rosario.
b- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, elegido por sorteo de la nómina del Cuerpo de Jurados de FADEA;
c- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, elegido por el voto de los participantes de la nómina del Cuerpo de Jurados de FADEA;
d- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, designado por LA PROMOTORA MGB ;
e- Un (1) JURADO de profesión Arquitecto, designado por LA PROMOTORA MR.- ----------------------
SEPTIMA: LA PROMOTORA MGB y la PROMOTORA MR asumirán la obligación de entregar al COLEGIO en su domicilio Legal, la suma de $ 10.000.- y $ 60.000.- respectivamente, en concepto de honorarios de organización, los que serán distribuidos por las autoridades del COLEGIO de la siguiente manera:
a) $ 28.000.- (pesos veintiocho mil) para Asesor y Jurados del Colegio, Distrito 2 ROSARIO, CAPSF, FADEA y gastos, aportados por LA PROMOTORA MR dentro de los (30) treinta días de la firma del Convenio definitivo. Dicho monto será distribuido de acuerdo al art. 36 del Reglamento de Concursos de Arquitectura y Urbanismo, de la siguiente manera: a) al Asesor CAD2 $ 7.000.- (pesos siete mil); b) a los Jurados (a, b y c Cláusula 6) $ 4.200.- (pesos cuatro mil doscientos); Al CAD2 por la Organización $ 9.800.- (pesos mueve mil ochocientos); al CAPSF $ 4.200.- (pesos cuatro mil doscientos) y al CAPSF para derivar a FADEA $ 2.800.- (pesos dos mil ochocientos)
b) $ 42.000.- (pesos cuarenta y dos mil) correspondiente a premios serán aportados por LA PROMOTORA MGB $ 10.000.- (pesos diez mil) y por LA PROMOTORA MR $ 32.000.- (pesos treinta y dos mil) en el acto de entrega de premios.
c) PREMIOS: Primer Premio $ 30.000.- (pesos treinta mil); Segundo Premio $ 8.000.- (pesos ocho mil); Tercer Premio $ 4.000.- (pesos cuatro mil). El Jurado podrá otorgar Menciones Honoríficas.----
OCTAVA: EL COLEGIO tomará a su cargo todo lo inherente a la organización del concurso, supervisando todas sus etapas.------------------------------------------------------------------------------------------
NOVENA: Las partes convienen el siguiente cronograma para el desarrollo del Concurso:
Fecha de Apertura: 01 de Junio de 2007
Fecha de Visita al predio:15 de junio de 2007 a las 9:00 hs.
Fecha de Consultas:
Las que se reciban hasta el 15 de junio de 2007 serán respondidas el 22 de junio de 2007.
Las que se reciban hasta el 29 de junio de 2007 serán respondidas el 06 de julio de 2007.
Los asesores responderán a consultas escritas remitidas solo por vía electrónica desde el sitio www.parquedelacabecera.org.ar
Fecha de Entrega:
30 de julio de 2007 de 18 a 22 horas
Envío Directo: Se deberá acreditar fehacientemente que el envío se realizó como máximo el día 30 de julio de 2007 Fecha Tope Recepción Envíos Directos en Sede Colegio de Arquitectos Distrito 2 / Rosario: 06 de agosto de 2007.
Fecha del fallo del Jurado: 13 de agosto de 2007.
DECIMA: A los efectos pertinentes, se transcribe el Artículo 18º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, que textualmente dice: "Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante bajo pena de nulidad de todo acto o contrato que se celebre con particulares"-------
DECIMO PRIMERA: Se transcribe la Resolución N º 184/82 que forma parte integrante de este contrato: "Visto que resulta necesario proveer lo pertinente, a fin de que en todo contrato en que participe esta Municipalidad conste el domicilio real de la contraparte, Se resuelve: 1º) En todos los contratos en los cuales esta Municipalidad sea parte, deberá colocarse el domicilio real de la contraparte. Cuando se trate de sociedades, además deberá colocarse con indicación de sus titulares, el domicilio real de los socios solidarios. 2º) Mientras subsistan los efectos contractuales todo cambio de domicilio deberá notificarse por escrito a la repartición correspondiente según el contrato de que se trate. Si así no se hiciere toda notificación efectuada al domicilio denunciado en el contrato, surtirá total efecto. 3ª) Esta Resolución deberá insertarse obligatoriamente en todo contrato, como parte integrante del mismo. 4º) Insertar por la Subsecretaría de Hacienda y con conocimiento de la Contaduría General y de la Dirección General de Finanzas, archivar".--------------
DECIMO SEGUNDA: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Rosario renunciando de común acuerdo al Fuero Federal. A tal efecto la Municipalidad de Granadero Baigorria fija domicilio en calle Chacabuco 1050 de la ciudad de Granadero Baigorria, la Municipalidad de Rosario fija su domicilio en calle Buenos Aires 711 de la ciudad de Rosario, y el Colegio de Arquitectos Distrito 2- Rosario en Av. Belgrano 650, de la ciudad de Rosario, siendo válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales que se cursen a tales domicilios.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, firman las partes 6(SEIS) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Rosario, a los 20 días del mes de Febrero de 2007.-
PROPIEDAD INTELECTUAL.
Los autores de los trabajos conservan todos los derechos de propiedad intelectual conforme a las garantías previstas por las leyes y reglamentaciones vigentes.
EXPOSICION.
Luego de producirse el fallo, todos los trabajos admitidos al Concurso serán expuestos públicamente con sus críticas, según el Art. 26º inc. 7. Aquellos trabajos no premiados y que tuvieran autorización expresa de los autores incluida en el exterior del sobre que contiene la declaración jurada, podrán ser exhibidos acompañados de sus nombres (Art. 44º, 45º, 46º y 47º del RC ).
En el sitio Web del Concurso, que continuará activo con posterioridad a la entrega de premios y distinciones www.parquedelacabecera.org.ar , se realizará una exposición virtual de los trabajos premiados y de los no premiados y autorizados por los autores para tal fin.
DEVOLUCION
Los trabajos no premiados serán devueltos por EL COLEGIO contra entrega del recibo correspondiente, no responsabilizándose EL COLEGIO, LA PROMOTORA MGB , LA PROMOTORA MR ni LA ASESORIA , por aquellos trabajos que no se retiren dentro de los 30 (treinta) días de comunicada tal devolución. Los gastos de flete y embalaje, corren por cuenta del participante.
1.9.5 PAGO DEL SELLADO
Para participar en el concurso se deberá abonar el sellado estipulado en el punto 1.4.7 en carácter de inscripción y aceptación de las bases . Para ello se deberá realizar el depósito correspondiente de la siguiente forma:
1.9.5.1 PARTICIPANTES MATRICULADOS EN LA ARGENTINA
MODO 1
TRANSFERENCIA BANCARIA
Hacer una transferencia por un cajero automático, por banca electrónica o desde el banco donde se tenga cuenta (o hacer un depósito en cualquier sucursal del NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. Argentina) para acreditar en la cuenta del COLEGIO DE ARQUITECTOS DE ROSARIO
CBU 33 000006 100000 47859086
El monto a depositar es $100.- (Pesos cien).
Comunicar el pago a la Entidad Organizadora. Hacer llegar al Colegio de Arquitectos Distrito 2 de Rosario, Av. Belgrano 650 Rosario, CP 2000, República Argentina, Tel: (54-341) 4803610, Fax (54-341) 4803814, E-mail secretaria@cad2.org.ar una copia física o electrónica del comprobante del pago realizado.
Se deberá adjuntar el comprobante original en el sobre cerrado que acompañará la presentación del / los participante/s
MODO 2
PAGO EN SEDE DE COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE LA ARGENTINA
MODELO DE RECIBO
CONCURSO INTERNACIONAL DE IDEAS PARA EL PARQUE DE LA CABECERA DEL PUENTE ROSARIO / VICTORIA
Lugar y Fecha:
Recibí la cantidad de $ 100 (Pesos cien) en concepto de Sellado de Inscripción y Aceptación de las Bases para participar del Concurso Internacional de Ideas para el Parque de la Cabecera del Puente Rosario / Victoria.
Firma y sello de personal autorizado
Se extenderá el presente por original y duplicado, debiendo el / los participante/s adjuntar el original en el sobre especificado en el punto 1.6.1 de las Bases, el duplicado quedará en poder de la entidad receptora debiendo remitir, caso de entidades adheridas a FADEA, los importes recaudados al distrito 2 Rosario del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe según procedimiento especificado en el MODO 1 del ANEXO 1
1.9.5.2 PARTICIPANTES MATRICULADOS EN EL EXTRANJERO
Realizar una transferencia bancaria a una de las cuentas que se indican en este párrafo y dejar constancia de que el dinero se envía a la Argentina con propósito cultural. El monto es de U$S 100.- (Dólares EEUU cien) o su equivalente en € (Euros) .
EN CASO DE REMITIR U$S (Dólares):
1- Datos completos de quien realiza el pago (ordenante de la transferencia)
2- Enviar a:
NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.
DIRECCION SWIFT: BPSFARBA000
3- A través de nuestro corresponsal en NEW YORK
STANDARD CHARTERED BANK- NEW YORK
DIRECCION SWIFT: SCBLUS33
FW 026002561
CHIPS: 0256
4- NRO. DE CTA. DE NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. EN STANDARD CHARTERED BANK: 3544078675001
EN CASO DE REMITIR € (Euros):
1- Datos completos de quien realiza el pago (ordenante de la transferencia).
2- Enviar a: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.
DIRECCION SWIFT: BPSFARBA000
3- A través de nuestro corresponsal en MADRID BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO. MADRID DIRECCION SWIFT: BSCHESMM
4- NRO. DE CTA. DE NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. EN BCO SANTANDER CENTRAL HISPANO- MADRID: 14378
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